de març 28, 2007

La propiedad Privada..... opiniones varias




LA PROPIEDAD PRIVADA ES UN BIEN ABSOLUTO.

Para demostrar esta afirmación, hay que acudir a la filosofía de DAVID HUME:

\"dada la generosidad ilimitada de los individuos y la escasez de los recursos es mejor que exista propiedad\"

Previamente, la religión católica por medio de los escolásticos de la ESCUELA DE SALAMANCA (Francisco de Vitoria, Domingo de Soto, Azpilcueta, Luis de León,...) defendió similares argumentos, desde una óptica católica, para conseguir el crecimiento económico.


Sin embargo, existe también una doctrina social de la Iglesia y exite su proposición de supuesto de extrema necesidad (“en caso de extrema necesidad cualquiera puede utilizar de lo ajeno”), que deja al libre arbitrio del legislador intervencionista la definición de: ¿cuándo un acto es de extrema necesidad y cuándo es un robo?.


Afortunadamente, David Hume inició también las bases del pensamiento laico, argumentando la idoneidad de los principios morales en su utilidad para la sociedad, lo cual permite enfocar mejor la propiedad privada y supone un hito fundamental para la realización de una filosofía empírica.


Su filosofía moral queda basada en el comportamiento humano limitado por aquellas acciones empíricamente demostradas (en el enorme laboratorio que supone la historia de la humanidad) que han sido de utilidad para el desarrollo socio económico de la sociedad.


En su TRATADO SOBRE LA NATURALEZA HUMANA (http://www.cervantesvirtual.com/servlet/SirveObras/01479429800114973089079/index.htm) , sin necesidad de recurrir a argumentos religiosos, David Hume argumenta como el crecimiento económico se origina cuando las instituciones permiten el comercio, la propiedad privada y el cumplimiento de los contratos.


Sus ideas han sido demostradas empíricamente a lo largo de los últimos siglos en aquellos países que han logrado un mayor desarrollo socio económico, basándose en establecer un marco institucional que promoviese eficientemente el libre comercio, con garantías suficientes para la propiedad privada y para el cumplimiento de los contratos:

1. Por ello, para el sostenimiento del crecimiento socio económico, es fundamental que el ordenamiento jurídico de cualquier país proteja eficientemente la propiedad privada;

2. Para que no quede supeditada la propiedad privada a \"utilidad pública o interés social\" definida por el político intervencionista de turno, tal y como permite el ARTÍCULO 34 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978, cuya mala redacción permite estos intentos jurídicos intervencionistas, que si logran imponerse pueden destrozar el desarrollo socio económico de España en pocos años

1 comentari:

Anònim ha dit...

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